Introducción.
En su Testamento
dejó a la Orden su caballo blanco llamado Danc junto con sus arneses, también
deja a los Hospitalarios la masía de Vilamajor y un caballo, y a la Orden del
Santo Sepulcro le concede una masía en Llagostera.
“En Julio de 1131 dos delegados de la Orden
del Temple hicieron una entrevista con Ramón Berenguer III, el cual se
encontraba enfermo y en cama. Los caballeros le contaron sus planes y misiones
que tenía la Orden en Cataluña, y el conde quedó tan entusiasmado que decidió
unirse a la Orden”. La Orden del
Temple en Cataluña. De 1118 al 1132. Sara Domingo Mateo.
Sería el 14
de Julio cuando se redacta el documento de ingreso a la Orden: “Jo, Ramón Berenguer, fins ara per la grácia
de Déu Comte de Barcelona y marqués de la Rpvença, m’ofereixo a Déu Omnipotent,
redentor men, i a la Santa Milicia de Jerusalén del Temple de Salomó, i em
lliuro als frares d’aquest lloc que lluiten per la defensa de la Cristiandat,
en mans d’Hug Rigald, cofrare de l’esmentada societat, de manera que per la
present carta em lliuro jo mateix a ells, perqué en endavant lluiti sota la seva
obediencia i sense tenir res propi i en el lloc on ellas em designin, i mentre
jo visqui”. Cartulaire general de
l’Orde du Temple. Doc. XXXIII. Pág. 25.
Tras su
ingreso oficial a la Orden, entregaría el Castillo de Granyena de Segarra al
maestre Hugo de Rigaud: “Esta donación
tenía una significación especial, ya que, para el conde, este debía de ser el primer núcleo templario situado en plena
frontera”. La Orden del Temple en
Cataluña. De 1118 al 1132. Sara Domingo Mateo.
Su sucesor,
su hijo Ramón Berenguer IV (1131-1162), que también ingresaría en la
Orden, acordaría una Constitución de Paz y Tregua a favor
de los templarios el 15 de abril de 1134.
“Los condes, magnates, eclesiásticos y
nobles presentes en la asamblea, pusieron bajo tregua de Dios a los caballeros
de la Milicia de Jerusalén que quisiesen vivir y militar de acuerdo con sus
reglas en los condados catalanes…. Establecían que ninguna persona pudiera
juzgar en asuntos seculares de dichos caballeros, sus vasallos y bienes sin expresa voluntad de su maestro o representantes,
fijaban que tenían que ser los maestres los que tenían que regir y gobernar a
los frailes que estuvieran en los condados catalanes, así como sus hombres y
sus bienes. También imponían a los infractores de la tregua una pena moral,
cometer en sacrilegio y en la ira de Dios, y otra económica que se tenía que
pagar al obispo y al conde respectivos”. La Orden del Temple en Cataluña. De 1118 al 1132. Sara Domingo Mateo.
En este
momento de la historia, se produce la muerte de Alfonso I el Batallador
con la conocida problemática de su Testamento en Septiembre de 1134, en él
expresa su voluntad de dejar sus reinos a las Órdenes del Temple, Santo Sepulcro y Hospital.
Centrándonos en la Orden del Temple y Ramón
Berenguer IV, a través de una carta, Berenguer instaba a la Orden a
renunciar a esa parte de la herencia, a cambio, él les entregaría recompensas y
donaciones de nuevos castillos con sus derechos; este documento se redactaría
en Girona el 27 de Noviembre de 1143 donde el conde de Barcelona ya aparece
como Príncipe
Consorte de Petronila, en este documento actuaría como notario el
delegado pontificio, el cardenal Guido de San Cosme.
A partir de
este momento “la Orden conseguiría
numerosos castillos, tierras exenciones de impuestos, *gabelas y rentas tanto actuales como sobre territorios, que
aún estaban en manos musulmanas. Además se acordó no firmar paz no tregua con
los sarracenos sin la voluntad expresa de los caballeros del Temple”. Ruta por la España de los templarios.
El acuerdo entre el Conde
de Barcelona y la Orden del Temple por el Testamento de Alfonso “El Batallador”
constaría de:
-
Entrega de los Castillos: Monzón, Montgai,
Chalamera.
-
Rentas y territorios de los castillos.
-
Diversas donaciones de carácter general
como:
-
Diezmos de los réditos de todas sus
tierras.
-
5ª parte de todo lo que pudieran
conquistar en las cabalgadas contra los musulmanes.
-
10ª parte de todas las tierras que
adquiera el Conde.
“Ramón Berenguer IV concede a Pedro de
Rovira, como dignatario templario de Provenza-Aragón, las propiedades de
Monzón, Mongay, Chalamera y Belver, Remolins, Barbera (entregada por el conde
de Urgel, Armengol VI en 1312) y Corbins (por conquistar), además de *diezmo de sus rentas: mil sueldos
anuales en Zaragoza y la 5ª parte del botín tanto en bienes como en tierras”. Codex Templi. Templespaña.
Tanto el
conde como 26 nobles catalanes, ofrecerían sus servicios a la Orden como “milites
ad terminum” por el plazo de 1 año.
A lo largo
de su vida Ramón Berenguer IV haría numerosas donaciones, tras su muerte, sus
sucesores Alfonso II el Casto (1157-1196), Pedro II el Católico
(1178-1213) y su biznieto Jaime I el Conquistador (1213-1276),
seguirían incrementando el patrimonio de la Orden del Temple.
Encomienda
de Tortosa.
Entrada sobre Encomienda Templaría.
Tras la
conquista de Tortosa en 1148, Ramón Berenguer IV le hace
entrega a la Orden de “la quinta parte de
las rentas que se recaudan en la ciudad y su territorio, aunque aplazando por
el momento la intervención directa de la Orden en el gobierno y en la
recaudación de las rentas”. Los
templarios en los Reinos de España. Gonzalo Martínez Diez.
En 1182
Alfonso I les donaría todas las posesiones que tenía en Tortosa y su término.
Se
dedicaron a actividades agropecuarias, igualmente fomentaron el comercio a
través del río Ebro, y la propia salida del río al mar lo convirtió en un
importante puerto marítimo; llegarían a explotar las Salinas del Delta del
Ebro.
Mantuvieron
distintas disputas con los Montcada por el tema del límite de propiedades “las diferencias, que llegaron
ocasionalmente a la violencia, fueron zanjadas en 1229 entre Guillén de Montcada
y los templarios en la llamada Sentencia de Flix de 1241, que entrega la ciudad
y el castillo de la Zuda a la Orden”. Los
enclaves templarios. Juan G. Atienza.
Igualmente
con varias familias nobles y con los Hospitalarios, entre ellas por la utilización
de los pastos, a raíz de estas disputas tomaron la decisión de ceder Tortosa a
Jaime II en 1294, a cambio de varios territorios en la zona del Maestrazgo,
entre ellos Peñíscola, aun así mantuvieron algunos derechos en algunas de sus
antiguas propiedades.
De las
distintas Torres que se conservan podemos hablar de:
Torre del Prior:
Se trata de una
torre de defensa y vigilancia, su nombre se debe al Prior de la canónica de
Tortosa Ponç.
Datada en
el S.XII existe discrepancias entre historiadores sobre su pertenencia a la
Orden del Temple, aunque no se excluyen que exista alguna conexión con la
misma, ya que si tenemos en cuenta la proximidad geográfica de Tortosa a
territorios templarios, la época de construcción de la torre (S.XII) y su
arquitectura y diseño presenta similitudes con otras construcciones templarías,
son datos que no debemos desechar.
Documentalmente no existe nada, pero esto tampoco significaría que no mantuvieran
algún tipo de vínculo; por otro lado, algunos historiadores mantienen que
formaría parte de una granja templaría.
Actualmente
se ha convertido en una Casa rural.
Torre de Burjassénia:
Es una torre de origen musulmán (S.XII?).
Posiblemente
formara parte de un amplio sistema defensivo como Torre de vigía.
Con el
tiempo, la señoría de Burjassénia incluida su torre pertenecería a los Montcada
quienes la venderían a la Orden del Temple, aunque una vez más no hay
información directa sobre tal transacción.
“Burjassénia pasó a los hospitalarios, que
en 1280 permutaron el lugar, junto con otros lugares a la Corona. En 1288 la
reina Constanza otorgó el lugar de Burjassénia a su escribano Pere Marí. La
torre de Burjassénia es considerada castillo en un documento de 1335”. www.enciclopedia.cat
Torre
de Campedó:
Considerada
como Torre de vigilancia y defensa, sólo he encontrado en relación al Temple
que desde aquí administraban sus posesiones.
Castillo
de la Zuda.
De origen musulmán, data del S.X.
Sería
cedido por Alfonso II “el Casto” a la Orden del Temple.
Su posición
estratégica ayudaba tanto a la defensa de la ciudad de Tortosa como del río
Ebro.
“Entre las distintas funciones que tuvo el
castillo, además de la defensiva, destaca la residencial pues fue lugar de
estancia de algunos reyes. En siglos más recientes, concretamente el S.XVI y
XVII el recinto fue un gran fortín”. www.castillosnet.org
Hoy día se
ha convertido en Parador Nacional.
“La casa del Temple de Tortosa fue levantada en un lugar estratégico junto al río Ebro para controlar el paso fluvial y defender la entrada principal a la ciudad. En el siglo XIII se construyó a su lado la iglesia de Santa María del Temple para atender no sólo las funciones propias de la comunidad, sino también, parece, para servir de parroquia al nuevo barrio que se fue formando. De todo el conjunto sólo ha perdurado, como en tantos otros lugares, el topónimo. LA casa fue destruida totalmente durante la guerra de Secesión de 1640 y la iglesia que quedó en pie fue convertida en almacén de pólvora… a principios del XX desapareció cualquier vestigio del conjunto… el dibujante holandés de los Austria, Anton van den Wijngaerden, en 1563 dibujó una espléndida panorámica de la ciudad, donde aparece con claridad la puerta del Temple de la muralla del s.XIV y a su izquierda la casa que fue la sede de la encomienda, rotulada al pie “Templo de S. Juan”. Se trata sin duda de la fortaleza que correspondía a la poderosa encomienda de Tortosa”. El patrimonio monumental y artístico de los templarios en la Corona de Aragón. Joan Fuguet Sans.
Tras la
disolución del Temple, la ciudad así como el dominio del barrio judío
(Remolins), pasaría a manos del Obispado.
A continuación se muestra un listado de Encomiendas y Fortalezas Templarías, implantadas en el Principado de Cataluña, picando sobre ellas os llevará directamente a la Encomienda que deseéis.
Enclaves templarios. Mª Lara Martínez.
Rutas por la España de los templarios.
Los enclaves templarios. Juan G. Atienza.
Codex Templi. Templespaña.
La Orden del Temple en Cataluña. De 1118 al 1132. Sara Domingo Mateo.
Tesis Doctoral: La Sociedad de las Tierras del Ebre: El Señorío Templario y Hospitalario de la Ribera D’Ebre y Terra Alta (1150-1350). Pascual Ortega Pérez.
El Patrimonio monumental y artístico de los templarios
en la Corona de Aragón. Joan Fuguet Sans.













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