Bienvenidos
iniciados, las órdenes religiosas-militares contarían con ciertos
privilegios concedidos mediante Bulas Papales, sin embargo, una de
ellas sería la favorita entre todas....
Como
hemos mencionado anteriormente, las órdenes religiosas-militares, e
incluso los reyes, podían recibir ciertos privilegios que eran
concedidos por el propio Papa, de manera oficial la llaman
*Bulas Papales.
Estas Bulas, no irían
exentas de conflictos, que normalmente girarían a favor de la Orden.
En el caso del Temple,
contribuyó a aumentar sus arcas, así como a destacar entre las
demás órdenes, ya que sería una de las más privilegiadas por
parte de los Papas mientras existió.
Hablaremos de algunas de
estas Bulas y los privilegios que las acompañaban para poder
comprender mejor, como una orden bajo el voto de pobreza, llegó a
tener más riquezas que los propios reyes.
- Bula Omne datum optimum:
Concedida por Inocencio II en fecha 29 de marzo de 1139.
¿Cuál
era el fin real de dicha Bula?: “la institución de capellanes
para el servicio religioso y litúrgico de las encomiendas. Su fin
real: eximir al Temple de jurisdicciones espiscopales, someterle
directamente a la autoridad pontificia, dejando claramente al Maestre
y a su Capítulo la responsabilidad total de la gestión y la
conducción de la Orden. Proclama su autonomía”. La vida
cotidiana de los templarios en el S.XIII. Georges Bordonove.
Esto
provocaba que todo el poder que recaía en el Patriarca de Jerusalén,
en este momento era Esteban de Chartres, le fuera coartado en lo
relacionado a la Orden; sin olvidarnos de las modificaciones que
quería realizar en la Regla.
- Colocaba a la Orden del Temple bajo la autoridad directa del Papa, con autonomía casi completa.
- Les eximía del pago de *diezmos.
- Les concedía la creación de capellanes propios con poder para dispensar los Sacramentos, permitiendo que los Hermanos pudieran confesarse sin tener que salir fuera.
“tenían más poder
para absolver en nombre del Papa que un arzobispo”.
Alain Demurger.
- Otro dato es que a través de esta Bula, se autoriza al maestre Robert de Craón (1133-1148) en ese momento, a poder disponer de todos los bienes que sean arrebatados a los infieles, sin que nadie tenga derecho a protestar por ello, a cambio de su brazo armado para combatir al infiel.
- Se prohibía someter a los templarios a juramento.
- Estipulaba que solo los Hermanos de las ordenes eran los únicos que podían elegir al Gran Maestre.
- Congelaba los Estatutos, prohibiendo a cualquiera modificarla.
- Podían utilizar iglesias y capillas de parroquias excomulgadas.
- Bula Milites Templi:
Concedida en el año 1144.
- Se les daba permiso para realizar colectas una vez al año en cada iglesia.
- Bula Militia Dei:
Concedida por el Papa
Eugenio III en el año 1145.
- Como una segunda parte a la anterior, se les permitía construir *oratorios.
A todas estas Bulas,
habría que añadir determinados privilegios que irían uniendo y
beneficiando sus bienes y arcones a lo largo de su existencia; entre
ellos:
- Sus capellanes e iglesias, pueden quedarse con el diezmo que se debía entregar a la Santa Sede.
- Pueden cobrar peajes e impuestos en aquellas villas que sean de su propiedad.
- La creación de cementerios propios, les permite recibir “donaciones” a cambio de ser enterrados en ellos, así como cobrar por cada oración que ayude al alma del difunto.
- Normalmente, el rey cobrada unas tasas cada vez que se realizaba un mercado ganadero, agrícola, artesanal...., en ocasiones, se le trasladaba este privilegio a la Orden del Temple; esto tiene su porqué, en ocasiones era simplemente un medio de acuerdo o conciliación para solucionar problemas de propiedades, donaciones e incluso prestamos reales.
Toda
esta independencia, les permitía “romper” en cierto modo su
unión con la Sede Pontificia, y al mismo tiempo conseguir nuevas
maneras de financiar su gran empresa, y como tal, no dudaban en
explotar todo aquello que le pudiera dar buenos beneficios.
Bibliografía:
Templarios, griales, vírgenes negras... Juan Eslava Galán.
Los templarios y la palabra perdida. Mariano Fernández.
Las ordenes militares: realidad e imaginario. Mª Dolores Burdens, Elena Real, Joan Manuel Verdegal.
La
vida cotidiana de los templarios en el S.XIII. Georges
Bordonove.
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